Llevo unos días queriendo escribir sobre el caso Rojadirecta, y sin tiempo para hacerlo de manera reposada. El hecho de que sea una empresa radicada en España, de operativa completamente legal en nuestro país (como demuestran los sucesivos procesos judiciales en los que ha participado) y en un momento como el actual, en plena tramitación parlamentaria de algo tan relacionado como la llamada “ley Biden-Sinde” le proporciona sin duda especial relevancia.
Tarjetaroja no hospeda, no posee, no explota materiales sometidos a derechos de autor: únicamente enlaza a ellos, a transmisiones que están siendo realizadas en otros países. ¿Rompe las ventanas de explotación de la industria? Lo hace, pero eso es un problema diferente: ¿pueden sostenerse ventanas de explotación definidas geográficamente en una red sin fronteras?
¿Qué es lo que realmente está en juego aquí? Como en el caso de la ley Biden-Sinde, hablamos de principios básicos de soberanía, de territorialidad en algo como la red que intrínsecamente carece de ella. Ahora bien: ¿debe la intrínseca ubicuidad de la red ser la excusa para que un país como los Estados Unidos se arrogue el derecho de implantar sus leyes de manera universal? ¿Significa el caso Rojadirecta que ahora cualquiera, por el hecho de aparecer en la red, debe plegarse a la justicia de los Estados Unidos? El asunto, como vemos, va mucho más allá de lo que inicialmente parece.
El bloqueo a Rojadirecta se efectúa a través del sistema de registro de dominios, utilizando para ello a una empresa norteamericana, Verisign. Esta empresa es la entidad certificada por ICANN, la Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y Números, una organización son ánimo de lucro radicada en California y que opera bajo las leyes de dicho estado. Y de ahí procede precisamente el problema: dado que los Estados Unidos, a instancias de una serie de derechohabientes, no puede proceder contra los servidores que alojan a Rojadirecta, lo que han hecho es proceder a través del sistema de asignación de nombres de domino a través de Verisign e ICANN, que sí están bajo jurisdicción estadounidense. Eso coloca automáticamente a cualquier actividad que suceda en la red, en caso de disputa con una entidad norteamericana, bajo la posibilidad de ser sancionada por la justicia de dicho país, sin que se le proporcione además oportunidad de defenderse. En el caso Rojadirecta, ha bastado una denuncia de un derechohabiente para que el dominio sea secuestrado, sin posibilidad de alegación por parte de la compañía.
Esa, y no otra, es la verdadera cuestión que está en juego: la idea de una presunta “justicia universal” ejercida por los Estados Unidos. Los mismos, por cierto, que se afanan en obtener una ley Biden-Sinde que no va a beneficiar en absoluto a los creadores españoles – al contrario, ahondará en la brecha entre creadores y público, provocará más tensión, y ahuyentará a los ciudadanos del consumo de productos culturales españoles – y sí a la industria cultural estadounidense. En el fondo, Rojadirecta y la ley Biden-Sinde forman parte de un mismo plan. Un plan siniestro, ante el que todo país razonablemente inteligente debe plantarse. Internet no es ni puede ser propiedad de los Estados unidos: es un espacio universal, y como tal debe regularse. El caso Tarjetaroja es mucho, mucho más importante de lo que parece: es solo la punta de un monumental iceberg y de uno de los problemas jurisdiccionales que más van a dar que hablar en los próximos años.
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Si después de hacer tu comentario este no aparece, no se trata del espíritu de Dans que anda censurando también aquí, es que se ha quedado en la cola de aceptación. Sacaré tu mensaje de ahí tan pronto como pueda, si bien el supersistema este tampoco me avisa de estas cosas, por lo que tengo que estar entrando cada cierto tiempo a ver si hay alguno esperando. Un inventazo, vaya.