El pasado viernes 8 de junio se celebró la vista de la demanda que Promusicae interpuso contra mí por “infracción a su honor”. El caso se ha movido con una impresionante velocidad: la demanda me fue notificada el 24 de febrero; fue contestada el 23 de marzo; la vista previa tuvo lugar el 10 de mayo; el juicio, el pasado jueves 8 de junio; y ayer día 14 recibí la sentencia. Era la primera vez que alguien me demandaba y, sinceramente, no esperaba un funcionamiento de la Justicia tan radicalmente rápido y eficiente.
¿Resultado? La demanda de Promusicae ha sido desestimada en su totalidad. Como argumentamos, estaba en mi perfecto derecho de opinar lo que opiné y de expresarlo públicamente en mi página, dado que me protege un derecho tan fundamental como la libertad de expresión. Ni había insultado u ofendido el honor de nadie en mi blog, ni se puede impedir que exprese mi opinión personal en el mismo, como llevo haciendo desde hace ya muchos años y como voy a seguir haciendo. Por mucho que ellos pretendan, el derecho al honor de las personas jurídicas que Promusicae invoca es a todas luces una norma más débil que la libertad de expresión.
Citando el texto de la sentencia,
… los comentarios publicados se proyectan en aspectos de interés público, con lo que la libertad de expresión e información frente al derecho del honor adquiere aún una importancia más elevada.”
El caso me ha pillado en el peor momento de trabajo del año, y en consecuencia, he podido dedicar muy poco tiempo a la preparación de su defensa. Debo destacar y agradecer en ese sentido el buen trabajo llevado a cabo por mi abogado en Bufet Almeida, Javier Maestre, así como la rigurosa y completa preparación que mostraron tanto la fiscal como la juez encargadas del caso. También quiero agradecer a las personas que acudieron como testigos, dos compañías discográficas independientes que afirmaron sentirse en efecto perjudicadas por el funcionamiento del sistema RitmoNet, a las personas de otras compañías independientes que me ayudaron a fundamentar mejor mis argumentaciones, y por supuesto, a todos los que me mostrasteis vuestro apoyo a lo largo del proceso. Ah, y a Los 40 Principales, que habiendo sido requeridos por Promusicae, contestaron en su oficio que “la gran mayoría de las canciones que emitimos proceden de RitmoNet”, dando así en gran medida la razón a mis planteamientos.
Promusicae tiene ahora veinte días para interponer recurso de apelación. Aunque la sentencia es clara e inequívoca y me da la razón a todos los efectos, tengo la impresión de que recurrirán, dado que es mi opinión que lo que en realidad buscan no es una supuesta “reparación de su honor herido”, sino simplemente provocarme molestias con el fin de que me autocensure y decida no hablar de ellos para evitar meterme en posibles líos: lo que se suele denominar un “pleito estratégico contra la participación pública” (SLAPP). En pocas semanas tendremos la respuesta.
(Enlace a la entrada original - Licencia)
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Si después de hacer tu comentario este no aparece, no se trata del espíritu de Dans que anda censurando también aquí, es que se ha quedado en la cola de aceptación. Sacaré tu mensaje de ahí tan pronto como pueda, si bien el supersistema este tampoco me avisa de estas cosas, por lo que tengo que estar entrando cada cierto tiempo a ver si hay alguno esperando. Un inventazo, vaya.